El mejor aval para la gestión de una herencia de este tipo es contar con profesionales como Patrium, especialistas en planificación sucesoria y tramitación de herencias internacionales
En un mundo globalizado, donde las migraciones y los movimientos internacionales de ciudadanos son habituales, cada vez se dan más casos en los que herederos reciben una donación de familiares residentes en el extranjero o con otra nacionalidad distinta a la suya. Se dan también situaciones en las que son los herederos los que residen en un país distinto de la persona que hace la donación. En cualquier caso se trata de herencias internacionales. Son donaciones y sucesiones con un componente internacional, en el que los herederos, los donantes, los bienes o las propiedades están repartidas por distintos países del mundo, con distintas jurisdicciones.
Ante un caso de este tipo, han de tenerse en cuenta una serie de circunstancias, como el lugar en el que se encuentra el patrimonio, el lugar en el que residía el fallecido, la nacionalidad que tenía o el lugar de residencia de quienes reciben la herencia o donación. Cada caso es particular y cada país posee una legislación específica que debe conocerse para que el trámite resulte exitoso. La gestión de una herencia internacional tiene muchos obstáculos no siempre fáciles de gestionar sin la ayuda de un profesional cualificado y especializado. En este artículo del blog de Patrium repasamos algunos.
La ubicación y el idioma
Uno de los principales obstáculos a los que se enfrentan quienes tienen que abordar una herencia internacional es el idioma. La comunicación es crucial en las gestiones que rodean a este tipo de herencias. Aboradr un caso de sucesiones con tintes internacionales requiere establecer relaciones con instituciones, administraciones o personas que pueden no hablar nuestro idioma y mucho menos comparten conocimiento sobre vocabulario jurídico especializado.
Además, cuando se trata de una herencia internacional, la distinta ubicación entre las partes puede suponer un impedimento, pues hay gestiones que deben realizarse de forma presencial. Se requiere hacer desplazamientos que suponen más gasto, más pérdida de tiempo y menor operatividad.
Junto al idioma y la localización de las partes y de los bienes, también la documentación puede suponer un obstáculo. Para llevar a cabo una herencia internacional se requiere documentos traducidos y apostillados como es el caso de las partidas de nacimiento, de los certificados de defunción o los poderes.
Distintos países, distintas leyes
Cuando las partes implicadas en una herencia están ubicadas en puntos diferentes del mundo, se hace necesario conocer qué ley se aplica en cada caso. El Reglamento Europeo 650/2012, que entró en vigor en 2015, resolvió muchas incógnitas a este respecto y llevó a armonizar el derecho de sucesiones y mayor libertad para los ciudadanos europeos a la hora de planificar su sucesión. Establece que para trámites internacionales la ley que se aplica es la del país de residencia habitual del testador cuando fallece. Por ejemplo, un alemán que reside de forma habitual en la costa del sol, en España, la ley aplicable es la española. Pero a pesar de la uniformidad que otorgó este reglamento, ante una herencia internacional surgen dudas sobre cómo iniciar el proceso, qué gestiones o trámites deben emprenderse o, directamente, por dónde se empieza. Además, en el ejemplo expuesto, el desconocimiento puede hacer que el testador alemán redactara su testamento teniendo en cuenta la ley de sucesiones de Alemania, pero en el momento de fallecer su residencia habitual fuera España por lo que se aplicará la normativa española. Esto puede provocar desconcierto en los herederos.
Este reglamento trae consigo la creación de un documento, llamado ‘certificado sucesorio europeo’. Es indispensable para la tramitación de una herencia internacional en Europa e indispensable para inscribir la adquisición hereditaria en el registro del país europeo pertinente y además permite al ciudadano acreditar en la Unión la condición de heredero o legatario.
El Reglamento 650/2021 no es aplicable para Reino Unido, Dinamarca ni Irlanda.
Impuesto de Patrimonio y Sucesiones
Este es un gravamen que genera gran cantidad de dudas, pues incluso en gestión de herencias nacionales, este impuesto difiere de unas comunidades autónomas a otras. En el caso de las sucesiones internacionales, el asunto puede generar aún más dudas al desconocerse si el impuesto se paga en el lugar de residencia del heredero o en el lugar donde se sitúan los bienes que se heredan.
Otro factor que hay que tener en cuenta es los años que han pasado desde el fallecimiento del donatario para determinar si el impuesto ha prescrito. La gestión del impuesto, en definitiva, depende del país o países que se traten.
En materia de doble imposición, España tiene convenios con países como Francia, Suecia o Grecia sobre el Impuesto de Sucesiones y el Impuesto de Donaciones.
También en este punto, una gestión optimizada y profesional de la tributación es imprescindible para evitar pagar de más por los bienes heredados.
Si tienes que hacer frente a la gestión de una herencia internacional y las complicaciones que puede acarrear, es indispensable contar con abogados especialistas en Herencias Internacionales. Los flecos que tiene una herencia internacional son múltiples y cada caso, dependiendo de la distribución de los bienes o del lugar de residencia de los donatarios, requiere de un conocimiento particular. Cuenta con abogados expertos que conozcan el procedimiento, los documentos extranjeros requeridos y tramitación, para quienes el idioma no suponga un impedimento y que dispongan de enlaces en distintos países. Resuelve tus dudas y garantiza el éxito de este complicado proceso con Patrium. Somos especialistas en esta materia, avalados por una amplia y exitosa trayectoria en la gestión de Herencias, Sucesiones y Patrimonios Internacionales. Te esperamos en www.patrium.es.